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El control de asistencia al trabajo

Hay un derecho laboral muy importante cuya subsistencia dependió de Pedro Pablo Kuczynski cuando era presidente del Consejo de Ministros. Él pudo haber bajado el pulgar para eliminarlo, pero, al contrario, lo levantó y ese derecho se mantuvo. Este hecho, que trasciende el nivel de la anécdota, sucedió en junio de 2006, luego de un ir y venir de trámites que yo había impulsado. A comienzos de ese año, el ministro de Trabajo Carlos Almerí Veramendi, quien había sido mi alumno en la Facultad de Derecho de la Universidad de San Marcos, me pidió que lo ayudara en su gestión. Quería hacer algo por los trabajadores. Acepté y seleccioné en seguida una idea para cubrir un vacío legal, consistente en la ausencia de una norma que oblige a los empleadores a llevar un registro de asistencia al trabajo.

Con excepción de los informales, los empleadores, utilizaban tarjetas, cuadernos u otros documentos para registrar el ingreso y la salida de sus trabajadores con la finalidad de descontarles el tiempo de inasistencia y probar las ausencias justificatorias del despido. Pero lo hacían por propia conveniencia. Como no había una norma que los obligase a llevar ese registro, prescindían de exhibirlo a las autoridades para mantener a sus trabajadores realizando trabajo en tiempo extraordinario que no pagaban. Y esto se había convertido en una práctica común luego de julio de 1980 hasta establecerse como una irreductible norma ilegal en la década del noventa.

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